RELACIONES CON EL ESTADO MEXICANO

Capítulo I – Relaciones con el Estado Mexicano.

Artículo 81 Relaciones con el Estado Mexicano. Las relaciones de la Iglesia Metodista de México, A.R., con el Estado Mexicano, se regirán por lo dispuesto en la Legislación en los Artículos 820 al 823 y el Anexo 1 de esta Disciplina. Los órganos encargados de éstas tendrán la integración, la estructura y las facultades que se señalan en dichas secciones.